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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261031
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 49
LEGITIMA DEFENSA INEXISTENTE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 49
Si de la confesión del quejoso se desprende que logró desarmar al occiso y ya teniendo el arma en su poder, le hizo fuego, se infiere que la agresión de que pudo ser víctima el acusado había perdido el carácter de actual, no estando en peligro inminente, puesto que había despojado a su antagonista de la única arma que portaba.
Precedentes
Amparo directo 7847/60. Antonio Contreras Vidaborraza. 17 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.