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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261044
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 67
REPARACION DE DAÑO EXIGIBLE A TERCEROS QUE EJERCEN LA PATRIA POTESTAD.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 67
Habiéndose establecido que un menor es penalmente responsable de los delitos de lesiones y daño en propiedad ajena cometidos en perjuicio de otra persona y que se ha justificado que el acusado es menor de edad y se encuentra bajo la patria potestad de los demandados, debe resolverse que éstos están obligados a reparar el daño.
Precedentes
Amparo directo 1137/60. Marcelino Francisco Delgado Castillo y coagraviados. 23 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.