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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261050
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 70
ROBO, SENTENCIA VIOLATORIA DE GARANTIAS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 70
La sentencia es violatoria de garantías al imponer al acusado una pena mayor a la que corresponde de acuerdo con el avalúo de las cosas robadas y en consecuencia procede conceder el amparo sólo para el efecto de que en la nueva sentencia que se dicte, se imponga la pena que legalmente corresponda, tomando en consideración el citado avalúo.
Precedentes
Amparo directo 7876/60. Vicente Pérez Cob. 17 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.