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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261055
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 75
VIOLACION Y LESIONES. ACUMULACION REAL EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Segunda Parte; Pág. 75
Estuvo en lo justo el sentenciador al aplicar las reglas para la acumulación de las sanciones correspondientes a los delitos de violación y lesiones, por no ser exacto que se hayan ejecutado en un mismo acto, pues las lesiones producidas a la menor en la cara implicaron un hecho diverso al de la fuerza física empleada como medio para la ejecución del delito de violación.
Precedentes
Amparo directo 8641/60. Lorenzo Ríos Cervantes. 2 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.