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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261070
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 49
CONTRABANDO COMPROBADO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 49
La responsabilidad del acusado como contrabandista, aparece clara como coautor si aceptó llevar mercancías extranjeras desde un lugar de la frontera hacia el sur del país y no sólo eso sino que convino en efectuar el transporte en forma oculta con el fin deliberado de rehuir las revisiones fiscales establecidas dentro de la zona de vigilancia aduanal. En consecuencia la sentencia que lo condenó por el delito de contrabando es legal e igualmente es legal el haber incluido en el monto de los derechos no pagados, el impuesto ad valorem.
Precedentes
Amparo directo 6852/60. Angel Frausto Durán. 3 de febrero de 1961. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.