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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261097
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 87
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 87
Si el quejoso fue objeto de una agresión actual, violenta y sin derecho de la cual resultaba peligro de la vida y que la repelió en defensa de su persona, es manifiesto que quedó plenamente comprobada la excluyente de legítima defensa desde el momento que no aparece en forma alguna que hubiera provocado la agresión, ni la hubiera previsto ni evitado fácilmente por otros medios legales y sí en cambio, hubo necesidad de tirarle de puñaladas al agresor.
Precedentes
Amparo directo 7389/60. Pablo Villanueva. 10 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.