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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261112
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 96
RIÑA, HOMICIDIO EN.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 96
El hecho de que ambas personas simultáneamente sacaron sus pistolas disparando únicamente el acusado, demuestra que en la especie hubo el ánimo de reñir y existió una contienda de obra entre ellas y por tanto la sentencia que condenó al acusado por homicidio en riña es legal.
Precedentes
Amparo directo 7654/60. Baldomero Gardea Romero. 23 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.