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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261113
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 100
ROBO DE INFANTE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Segunda Parte; Pág. 100
No se puede sostener que para comprobar la existencia de un menor recién nacido, robado, se necesite acta de nacimiento u otro medio determinado de prueba, pues no se trata de acreditar su filiación o el estado civil, no requiriéndose para el efecto de estimar su existencia en relación a la justificación del delito, más que los medios ordinarios de prueba.
Precedentes
Amparo directo 7110/60. Manuela Hernández García. 1o. de febrero de 1961. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.