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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261139
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 28
CULPABILIDAD PUNIBLE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 28
Tratándose de la culpabilidad, sólo puede ser punible cuando se ha puesto en la acción una condición del resultado. Así pues, cuando en la comisión de un delito existe participación de varias personas, se requiere precisar cuál tuvo el carácter de directivo o inductor. En principio es responsable todo el que haya contribuido a la realización de un delito, pero es necesario demostrar el grado de participación.
Precedentes
Amparo directo 2638/60. Bernabé Valencia Tinoco. 26 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.