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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261147
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 43
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 43
El delito de falsificación de documentos está comprobado si el acusado elaboró una escritura privada en que falsificó la firma de una persona a quien se hacía aparecer como vendedora y la cual desconoció dicha firma, máxime si tal situación de hecho la corroboran los coacusados.
Precedentes
Amparo directo 6091/60. Romualdo Policarpo de la Luz Ruiz o Romualdo Cisneros Martínez. 9 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.