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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261151
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 44
FRAUDE, COMPROBACION DEL DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 44
Se encuentra comprobada la corporeidad del delito de fraude, si el inculpado recibió de una persona cierta cantidad de dinero, y de otra diversa suma, haciéndole creer a la primera, que estaba en condiciones de otorgarle los títulos de propiedad correspondientes, sin que en realidad el propietario del bien, hubiera recibido el importe y sin que tampoco el acusado lo hubiera devuelto a la compradora, puesto que confesó haber dispuesto del dinero, y por lo que respecta a la segunda víctima, le hizo creer que estaba facultado por el propietario para efectuar la venta del lote en abonos, no obstante que solamente se le había indicado que buscara cliente, sin que sea exacto que se le autorizara para vender.
Precedentes
Amparo directo 4584/60. Pedro Hernández Olvera. 24 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.