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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261152
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 46
HOMICIDIO NO CALIFICADO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 46
Si bien es cierto que el inculpado dijo que había privado de la vida al occiso al encontrarlo, porque le tenía rencor por haber matado a otra persona y además porque pensaba que lo quería matar, ello no significa que previamente al momento en que se consumó el homicidio, el acusado hubiera reflexionado sobre el delito que iba a cometer, es decir, que teniendo conciencia plena de que iba a realizarlo hubiera empleado asechanza para asegurarse de su objetivo y no hubiera corrido riesgo alguno al perpetrar el homicidio, lo cual haría inobjetable la existencia de las calificativas.
Precedentes
Amparo directo 7098/60. Heriberto Ramírez G. 9 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.