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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261181
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 78
PRUEBAS NO ANALIZADAS, PROCEDENCIA DEL AMPARO EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 78
Si durante el proceso declararon varios testigos afirmando que el día de los hechos el inculpado se encontraba en lugar distinto de donde acontecieron y la responsable, no analizó ni estudió estas declaraciones para resolver lo conducente, debe concederse el amparo para que en la nueva sentencia que se dicte se analicen y estudien esos testimonios y se resuelva lo que legalmente proceda.
Precedentes
Amparo directo 6801/60. Celso Zamora. 16 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.