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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261191
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 91
RETRACTACION INFUNDADA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 91
Aunque en sus declaraciones preparatorias los acusados se retractaron, alegando uno de ellos que firmó su declaración inicial por temor de que detuvieran a sus familiares y que no le permitieron leer su declaración, y el otro que fue amenazado y golpeado y también no le permitieron leer su exposición; si no hay dato alguno que apoye esta retractación y sí en cambio, hay elementos que corroboran la declaración inicial, esta última tiene suficiente valor probatorio.
Precedentes
Amparo directo 6909/60. Gilberto Pérez Trejo. 13 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.