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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261197
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 94
VEHICULOS, CONDUCCION DE, EN ESTADO DE EBRIEDAD.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIII, Segunda Parte; Pág. 94
Es irrelevante, para la configuración del delito, que las autoridades administrativas levanten o no infracción al sujeto activo, porque la ley no establece dicho requisito, pues es suficiente el hecho mismo de que alguna persona que se encuentra ebria maneje un vehículo.
Precedentes
Amparo directo 7176/60. Anselmo Morales León. 24 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.