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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
261219
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLII, Segunda Parte; Pág. 28

SENTENCIA DEFINITIVA PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO. LA RESOLUCION QUE DECLARA DESIERTA LA APELACION, NO TIENE ESE CARACTER.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLII, Segunda Parte; Pág. 28

Precedentes

Amparo directo 5079/60. J. Guadalupe Meza Becerra. 1o. de diciembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente Agustín Mercado Alarcón.
Registro digital (IUS): 261219