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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261257
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLII, Segunda Parte; Pág. 228
ROBO. BIENES EMBARGADOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLII, Segunda Parte; Pág. 228
Si existió una deuda y el reo señaló su camioneta para que se trabara el embargo para en esa forma garantizar aquélla, poco interesa que ulteriormente haya sabido que el juicio mercantil fue seguido por autoridad incompetente, si al momento de la disposición y para eludir el pago o remate del bien, se coludió con su hermano para despojar al actor, de la camioneta; o sea tuvo conocimiento de la antijuridicidad de su conducta, confirmándose la dañada intención al venderla a su hermano, quien la adquirió e inmediatamente después la realizó, máxime que habiendo interpuesto dicho reo la excepción dilatoria de incompetencia, debió esperar la resolución por declinatoria y, al vender, estimó o trató de lograr con más seguridad el no pago del adeudo, incurriendo por ende, al igual que su hermano que le sirvió de cómplice, en infracción punible.
Precedentes
Amparo directo 5674/54. Wilfrido Salazar González y coagraviado. 6 de agosto de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.