Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/261313
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
261313
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Segunda Parte; Pág. 50

OFENDIDO, AMPARO PEDIDO POR EL. REPARACION DEL DAÑO (LEGISLACION DE PUEBLA).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Segunda Parte; Pág. 50

Precedentes

Amparo directo 6145/57. Gonzalo Acevedo. 7 de noviembre de 1960. Mayoría de tres votos. Disidente: Agustín Mercado Alarcón. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Registro digital (IUS): 261313