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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261317
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Segunda Parte; Pág. 53
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA (LEGISLACION MILITAR).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Segunda Parte; Pág. 53
El artículo 171 del Código de Justicia Militar establece que si la autoridad judicial estima que hubo atenuantes, podrá disminuir la pena del máximo al medio, debiendo advertirse que la palabra "podrá" significa que no es obligatorio para el juzgador hacer esa disminución, sino facultativo.
Precedentes
Amparo directo 4394/60. Miguel Navarro Mejía. 9 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.