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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261318
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Segunda Parte; Pág. 54
PORTACION DE ARMA PROHIBIDA Y HOMICIDIO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Segunda Parte; Pág. 54
El delito de portación de arma prohibida de ninguna manera queda subsumido en el de homicidio, ya que se trata de figuras autónomas e independientes cuyos elementos constitutivos son de naturaleza diversa, sin que en un hecho concreto pueda darse la posibilidad de que el tipo de homicidio comprenda en sus elementos típicos el de portación de arma prohibida, único caso en el cual sería correcto hablar y consunción o absorción de un tipo por otro.
Precedentes
Amparo directo 6564/59. Juan Morales Castillo. 30 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.