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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261328
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Segunda Parte; Pág. 59
RETRACTACION DE LOS TESTIGOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Segunda Parte; Pág. 59
Si algunos de los testigos de cargo retractaron lo declarado o introdujeron modificaciones sustanciales al texto original de su testimonial, la responsable, con acierto y en acatamiento de la jurisprudencia firme de la Primera Sala de la Suprema Corte, estimó que no eran atendibles, toda vez que no aportaron ninguna prueba para demostrar que su primer relato se apartara de la verdad histórica, que constituye el tema del proceso y que el segundo se ajustara a la realidad de los hechos.
Precedentes
Amparo directo 5838/60. Samuel Morelos Vargas. 22 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.