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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261332
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Segunda Parte; Pág. 60
ROBO DE BIENES DE UN OBISPADO. COMPETENCIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Segunda Parte; Pág. 60
La competencia para conocer del delito de robo que perpetraron el quejoso y demás coacusados, es de las autoridades del fuero común si aunque es cierto que entre los sujetos pasivos del delito citado figura el obispado de la diócesis del lugar, también lo es que los bienes muebles en que recayó el ilícito apoderamiento no eran propiedad de la nación.
Precedentes
Amparo directo 4191/60. Presbítero García Ocaña. 22 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.