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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261342
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Segunda Parte; Pág. 66
VEHICULOS. IMPRUDENCIA DE SUS CONDUCTORES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Segunda Parte; Pág. 66
Si el acusado y el copartícipe aportaron con su conducta negligente una condición del resultado, aun en el supuesto de que hubiera obrado imprudencialmente el menor ofendido por el hecho de haber abordado sin autorización el vehículo que conducía el acusado, que lo hubo tácitamente, ya que permitió que lo hiciera, no se excluye la culpa en que incurrió el reo al no tomar las precauciones requeridas.
Precedentes
Amparo directo 6531/60. José Gordillo Abarca. 22 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.