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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261349
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 9
ABOGADOS DE LA JEFATURA DE POLICIA Y AGENTES DEL SERVICIO SECRETO, DECLARACIONES DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 9
Las declaraciones de los abogados de la jefatura de policía y de los agentes del Servicio Secreto, no pueden estimarse falsas, si ningún interés particular puede atribuírseles para perjudicar al propio acusado, puesto que se limitaron a desarrollar las actividades correspondientes a su cargo.
Precedentes
Amparo directo 2661/60. Luis de Zúñiga Berkman. 7 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.