Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/261354
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261354
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 15
AMENAZAS, DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 15
En cuanto a que las palabras pronunciadas por el mismo quejoso, no constituyen una amenaza, no es necesario probar lo contrario, porque es suficiente su lectura para evidenciarlo, pues en forma expresa dijo al sujeto pasivo que lo mataría, lo que a todas luces tipifica el ilícito en cuestión.
Precedentes
Amparo directo 6155/59. Lorenzo Estrada Gutiérrez. 11 de octubre de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.