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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261369
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 23
CONFRONTACION.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 23
Si las víctimas de los asaltos comparecieron ante el Juez instructor a reconocer a los acusados en diligencia en la que se cumplieron los requisitos legales de la confrontación, resulta irrelevante el hecho de que hayan sido también identificados ante los agentes del Servicio Secreto, de modo que el concepto de violación que se aduce por este capítulo debe desestimarse.
Precedentes
Amparo directo 2659/60. Carlos Adán Miranda. 7 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.