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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261370
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 23
CONTRABANDO (AUTOMOVILES).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 23
El acuerdo de la Secretaría de Hacienda, publicado el treinta de enero de mil novecientos cincuenta y cuatro, que establece impuestos sencillos de importación para todos los automóviles que se encuentren en situación irregular en el país, en ninguna de sus partes establece que los beneficios deben hacerse extensivos a aquellos vehículos que por ser materia de contrabando hayan dado margen el ejercicio de la acción penal.
Precedentes
Amparo directo 461/59. Guillermo Bass Mendoza. 18 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.