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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261392
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 40
FRAUDE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 40
El delito de fraude por el que fue sancionado el reo se realizó mediante la concurrencia de los elementos que lo constituyen a) un engaño o el aprovechamiento de un error
b) que el delincuente se haga ilícitamente de una cosa, o alcance un lucro indebido y
c) relación de causalidad entre la actividad engañosa y la finalidad de obtener el lucro si dicho reo, haciéndose pasar por otro, obtuvo una credencial a la que solamente tenía derecho este último, y con ese documento de identificación se hizo pagar tres meses de sueldos devengados por aquél.
Precedentes
Amparo directo 7569/59. Valois Escamilla Guzmán. 18 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.