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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261396
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 43
HOMICIDIO. REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 43
Tratándose de reparación del daño en casos de homicidio, si está demostrado el daño que debe repararse y la capacidad económica del obligado, las autoridades del orden común pueden servirse de la legislación civil o laboral como medio de orientación para normar su criterio y tener una base que determine la cuantía.
Precedentes
Amparo directo 1369/59. Frank S. Riggs Martín. 18 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.