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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261425
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 65
PRUEBA EN EL AMPARO, CARGA DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 65
Si no es posible determinar si el acusado o su defensor no fueron citados para la vista de apelación, porque no se cuenta con el toca respectivo, ya que sólo obra copia autorizada de la sentencia de segunda instancia y los autos originales de primera, tal hecho, por lo mismo, no se encuentra probado y correspondía al quejoso su demostración.
Precedentes
Amparo directo 3707/60. Silverio Ramírez Martínez. 11 de octubre de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.