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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261436
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 77
RIÑA PROVOCADO EN LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Segunda Parte; Pág. 77
Después de que el reo cambió golpes con el hoy occiso, a quien provocó, mostró exteriorizándola, su intención de cesar dicha riña, puesto que se retiró del lugar, con lo que la riña inicial había cesado. Pero si el hoy occiso lo siguió y lo golpeó con la hebilla de su cinturón, tal acto indiscutiblemente fue de provocación a una nueva riña, y si ésta fue aceptada por dicho reo, en todo caso tuvo el carácter de provocado en la contienda de obra en que dio muerte a su contrincante, puesto que el primer episodio de la lucha ya había terminado.
Precedentes
Amparo directo 4744/60. Abel Morales Montes de Oca. 5 de octubre de 1960. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.