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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261471
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Segunda Parte; Pág. 17
ALEVOSIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Segunda Parte; Pág. 17
La alevosía resulta de que el ataque fue de improviso y hubo asecho, lo que no dio lugar a la víctima para defenderse ni evitar el mal que se le trataba de hacer (artículo 318 del Código Penal Federal).
Precedentes
Amparo directo 3112/60. Vicente Domínguez Castañeda y coagraviados. 30 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.