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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261503
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Segunda Parte; Pág. 49
DESPOJO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Segunda Parte; Pág. 49
Aunque el reo tenga título de propiedad sobre el terreno en disputa, debidamente registrado, con motivo de diligencias de información ad perpetuam iniciadas a raíz precisamente de que adquirió su propiedad el ofendido, tal título en nada prueba la irresponsabilidad de aquel, ya que lo que se ventiló en el proceso fue, no una cuestión de propiedad, sino un acto violatorio del derecho real de posesión del cual venía disfrutando el ofendido.
Precedentes
Amparo directo 3325/60. Pablo Alanís Quevedo. 9 de septiembre de 1960. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, primera tesis relacionada con la jurisprudencia 94, página 209, bajo el rubro "DESPOJO.".