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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261548
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Segunda Parte; Pág. 95
REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Segunda Parte; Pág. 95
Es violatoria de garantías la sentencia que condena al pago de la reparación del daño, sin estudiar la capacidad económica del acusado y sin razonar el monto de dicha reparación.
Precedentes
Amparo directo 3056/60. Pedro Rodríguez Gómez. 8 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.