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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261552
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Segunda Parte; Pág. 97
RETRACTACION.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Segunda Parte; Pág. 97
La retractación del acusado o del testigo, que se realiza en orden a tiempo y lugar de la acción delictuosa, mucho después, no es atendible si no aporta prueba para establecer la convicción de que el primer relato fue inexacto, en tanto que el segundo corresponde a la verdad histórica, que es el tema del proceso.
Precedentes
Amparo directo 7266/59. Agustín García Muñoz. 27 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.