Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/261572
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261572
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Segunda Parte; Pág. 114
TESTIGOS. TRABAJADORES DEL OFENDIDO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Segunda Parte; Pág. 114
Aunque los testigos que corroboraron la versión del ofendido eran trabajadores a las órdenes del mismo tal circunstancia no invalida sus manifestaciones, puesto que el solo hecho de trabajar bajo la dependencia de dicho ofendido no es determinante para inferir que se produjeron con falsedad; sobre todo, si sus declaraciones se ven confirmadas no sólo por el dicho del ofendido, sino parcialmente al menos por la confesión del inculpado.
Precedentes
Amparo directo 4531/60. Carlos Elías Varela. 26 de septiembre de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.