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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261594
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Segunda Parte; Pág. 17
CHEQUES SIN FONDOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Segunda Parte; Pág. 17
El cuerpo del delito se comprobó plenamente si está demostrado que se libraron los cheques, que fueron presentados dentro del término legal y que no fueron pagados por no tener fondos disponibles el girador, ya que estos elementos son los que integran la figura delictiva que establece el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Precedentes
Amparo directo 1401/59. Alfredo Lamarque Madrigal. 19 de agosto de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.