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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261595
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Segunda Parte; Pág. 45
DEFECTO DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Segunda Parte; Pág. 45
Los conceptos en que hace consistir el recurrente el defecto de ejecución de una sentencia de amparo no constituyen, evidentemente, un defecto en el cumplimiento de la ejecutoria de amparo, si es de verse por la simple lectura de la nueva sentencia que se trata de cuestiones ajenas ya al cumplimiento de la expresada ejecutoria.
Precedentes
Queja 241/59. Julio Rendón Viloria. 30 de agosto de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.