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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
261626
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Segunda Parte; Pág. 75

PERITOS. VALIDEZ DE SUS DICTAMENES.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Segunda Parte; Pág. 75

Precedentes

Amparo directo 84/60. Domingo Pérez Reséndiz y coagraviados. 8 de agosto de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 406, esta tesis aparece bajo el rubro "PERITOS. VALIDEZ DE SUS DICTAMENES.".
Registro digital (IUS): 261626