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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261634
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Segunda Parte; Pág. 78
RETRACTACION DEL OFENDIDO, EN EL CAREO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Segunda Parte; Pág. 78
Si la rectificación que el ofendido hizo al carearse con el reo, no la fundó dicho ofendido, y además tal rectificación fue hecha con mucha posterioridad a la fecha del evento delictuoso, es correcta la desestimación de esa rectificación.
Precedentes
Amparo directo 3800/60. Andrés Hernández. 25 de agosto de 1960. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.