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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Segunda Parte; Pág. 81
RIÑA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Segunda Parte; Pág. 81
Si existían antecedentes de rivalidad entre el occiso y el acusado, y éste aceptó la invitación que el occiso le hizo para alejarse del lugar donde se efectuaba una reunión, con esa aceptación pudo llevarse a cabo la riña sin que hubiera la agresión que motivara la acción defensiva, pues el reo pudo haber evitado el ilícito simplemente con no haber aceptado la referida invitación.
Precedentes
Amparo directo 1902/60. José Rentería Leal. 19 de agosto de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.