Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/261656
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261656
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Segunda Parte; Pág. 46
CASO FORTUITO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Segunda Parte; Pág. 46
Entre los presupuestos de la excluyente de responsabilidad por caso fortuito figura, fundamentalmente, el consistente en que se ejecute un hecho lícito, sin intención ni imprudencia alguna.
Precedentes
Amparo directo 683/60. Gabriel Sánchez García. 5 de julio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.