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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261702
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Segunda Parte; Pág. 152
PRUEBAS. IRREGULARIDADES EN SU DESAHOGO (PRUEBA PERICIAL).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Segunda Parte; Pág. 152
Aunque sea cierto que existen en el desahogo de las pruebas algunas irregularidades, no puede decirse por ello que las mismas invaliden la prueba o nulifiquen su valor, si la realidad es que, dentro de la instancia, la defensa tuvo oportunidad de intervenir en el perfeccionamiento de las pruebas y, por lo mismo, tales irregularidades son intrascendentes por no haber dejado al reo en estado de indefensión. Y concretamente, por lo que hace a la prueba pericial, se le dio oportunidad, como era legalmente procedente tratándose de un juicio pericial, a designar perito de su parte, sin que sea imputable a la autoridad judicial que dicho perito no haya intervenido en las diligencias respectivas de reconstrucción de hechos.
Precedentes
Amparo directo 6524/51. Florencio Zamarripa Marín. 7 de julio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.