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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261719
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Segunda Parte; Pág. 182
USURPACION DE FUNCIONES Y FRAUDE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVII, Segunda Parte; Pág. 182
El artículo 250 del Código Penal previene que se sancionará al que sin ser funcionario público, se atribuya, ese carácter y ejerza alguna de las funciones de tal. Y está suficientemente evidenciado que el acusado se hizo pasar como inspector de la Secretaria de Industria y Comercio y que ejerció las funciones de dicho cargo, y el delito de fraude también se integró debidamente, así como la culpabilidad del reo, si éste inicialmente engañó a las víctimas, haciéndoles creer que ostentaba un cargo del que en realidad carecía, y en posteriores visitas simplemente se aprovechó del error a que las había inducido, obteniendo por tales medios, indebidos lucros.
Precedentes
Amparo directo 2669/60. Sebastián Galindo Baldovinos. 22 de julio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.