Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/261754
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261754
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 65
FRAUDE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 65
No es relevante la falta de presentación de testigos de propiedad, preexistencia y falta posterior de lo robado si por otros medios no se llega a la certidumbre de que el acusado se apoderó de bienes ajenos, sin derecho y sin consentimiento de quienes de acuerdo con la ley pudieran disponer de aquéllos.
Precedentes
Amparo directo 1192/60. Antonio Carvajal Nieto. 15 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.