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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261763
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 77
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 77
La defensa legítima tiene lugar cuando el acusado repele una agresión actual, violenta, sin derecho y de la cual resulta un peligro inminente; y aun admitiendo que el ofendido fuese el autor de las lesiones que sufrió el reo, la agresión por parte de aquél había perdido actualidad, según el contenido de su preparatoria, en la que manifiesta haber disparado su escopeta contra el ofendido cuando éste le daba la espalda y pretendía huir.
Precedentes
Amparo directo 1726/60. Teodoro Mejía Hernández y coagraviados. 30 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.