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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261765
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 79
MIEDO GRAVE O TEMOR FUNDADO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 79
Si el quejoso se hubiera encontrado en una situación de miedo grave o temor fundado al cometer los delitos de homicidio y lesiones, en tal supuesto estaba obligado a acreditar tal excluyente con prueba técnica de peritos en psiquiatría o con alguna otra de las que prevé la ley adjetiva penal.
Precedentes
Amparo directo 800/60. Miguel Alvarez Granillo. 22 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.