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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261779
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 87
ROBO Y DAÑO EN PROPIEDAD AJENA (LEGISLACION DE HIDALGO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 87
La estimación del tribunal responsable, de que se trata de un caso de acumulación ideal, de acuerdo con los artículos 10 y 74 del Código de Defensa Social, es equivocado, porque las destrucciones causadas en la caja fuerte fueron actos distintos del apoderamiento de lo robado, aunque hayan sido sucesivos.
Precedentes
Amparo directo 7517/59. Gilberto Medina Meza. 28 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.