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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261785
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 98
CONDENA CONDICIONAL. DROGAS ENERVANTES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVI, Segunda Parte; Pág. 98
El artículo 194 del Código Penal Federal, establece una excepción a la regla general que prevé el artículo 90 del código represivo ya que el beneficio de la condena condicional sólo procede cuando el agente infractor sean sancionado sólo por la posesión del enervante, pero no cuando además se realizan actos de tráfico.
Precedentes
Amparo directo 3333/57. Francisco J. Molina Stone. 2 de agosto de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.