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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261813
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 23
CONDENA CONDICIONAL, FIANZA PARA LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 23
La fianza que se fije para conceder la condena condicional no debe rebasar la que se hubiere fijado para la concesión de la libertad caucional.
Precedentes
Amparo directo 610/60. Alvaro Gómez Palomino. 27 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.